LEY 1637 DE 2013
(junio 24)
Diario Oficial No. 48.832 de 25 de junio de 2013
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración de los 130 años de las Fiestas del San Pedro en el municipio de El Espinal y se declaran Patrimonio Cultural y Artístico de la Nación.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Declárase Patrimonio Cultural y Artístico de la Nación “Las Fiestas del San Pedro”, que se realizan en el municipio de El Espinal, departamento del Tolima.
ARTÍCULO 2o. La nación, por conducto del Ministerio de Cultura se asocia a la celebración de los 130 años y contribuirá al fomento, promoción, difusión, conservación, protección, desarrollo y financiación del patrimonio cultural material e inmaterial que se origina alrededor de “Las Fiestas del San Pedro”.
PARÁGRAFO ÚNICO. Se autoriza al Gobierno Nacional, para que por conducto del Ministerio de Cultura, incorpore dentro del Presupuesto General de la Nación y/o impulse a través del Sistema Nacional de Cofinanciación las apropiaciones necesarias para el cumplimiento de esta ley. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en los artículos 288, 334, 341 y 345 de la Constitución Política y las competencias previstas en la Ley 715 de 2001.
ARTÍCULO 3o. La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción y promulgación.
El Presidente del honorable Senado de la República,
ROY LEONARDO BARRERAS MONTEALEGRE.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
GREGORIO ELJACH PACHECO.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
AUGUSTO POSADA SÁNCHEZ.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO.
REPÚBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 24 de junio de 2013.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro del Interior,
FERNANDO CARRILLO FLÓREZ.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA.
La Ministra de Cultura,
MARIANA GARCÉS CÓRDOBA.