LEY 42 DE 1965
(noviembre 18)
Diario Oficial No. 31.813 del 29 de noviembre de 1965
Por la cual se declara monumento nacional la iglesia parroquial de Tópaga, en el Departamento de Boyacá.
EL CONGRESO DE COLOMBIA,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Declárase monumento nacional la Iglesia parroquial del Municipio de Tópaga, en el Departamento de Boyacá, continuando su administración y cuidado a cargo del Reverendo cura Párroco de la localidad.
ARTÍCULO 2o. Destínase la suma de cien mil pesos ($ 100.000.00) moneda corriente, pera la restauración y conservación del templo mencionado, suma que el Gobierno Nacional apropiará en sucesivas vigencias fiscales hasta su terminación.
ARTÍCULO 3o. Autorizase al Gobierno Nacional para hacer las apropiaciones correspondientes, y abrir los créditos y contracréditos respectivos para dar cumplimiento a la presente Ley.
ARTÍCULO 4o. Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a los cinco días del mes de octubre de 1965.
El Presidente del honorable Senado,
EUGENIO GÓMEZ GÓMEZ
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
CARLOS ALBORNOZ R.
El Secretario del honorable Senado,
AMAURY GUERRERO
El Secretario de la honorable Cámara,
LUIS ESPARRAGOZA CALVEZ
República de Colombia. Gobierno Nacional.
Bogotá, D. E. 18 de noviembre de 1965.
Publíquese y ejecútese.
GUILLERMO LEÓN VALENCIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
JOAQUÍN VALLEJO ARBELÁEZ.