LEY 25 DE 1978
(noviembre 26)
Diario Oficial No. 35.157 de 13 de diciembre de 1978
<NOTA DE VIGENCIA: En criterio del Editor esta Ley no se encuentra vigente por agotamiento de objeto>
CONGRESO DE COLOMBIA
Por medio de la cual se declara un monumento nacional, se honra la memoria de un servidor de la patria y se dictan otras disposiciones.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Declárase monumento nacional el "Puente de Occidente", sobre el río Cauca, entre los Municipios de Olaya y Santa Fe de Antioquia y ríndese tributo de admiración a su constructor el ilustre ingeniero José María Villa.
ARTÍCULO 2o. El Ministerio de Obras Públicas restaurará el mencionado puente y velará permanentemente por su conservación.
ARTÍCULO 3o. La Corporación Nacional de Turismo incluirá dentro de los sitios de atracción turística el "Puente de Occidente" y, para tal efecto, construirá paradores en los terrenos aledaños a sus estribos con el fin de facilitar la recreación y atención de los visitantes.
ARTÍCULO 4o. El Ministerio de Comunicaciones emitirá estampillas, de diversos valores, alusivas al Puente de Occidente y que honren la memoria de su constructor.
ARTÍCULO 5o. El Gobierno Nacional construirá en el Municipio de Sopetrán, Antioquia, tierra natal del Ingeniero José María Villa, en terrenos que señalen las autoridades municipales, un parque en el cual se levantará una estatua de tan eminente profesional y que llevará su nombre.
ARTÍCULO 6o. Revístase al señor Presidente de la República de facultades extraordinarias, por el término de tres años, a partir de la sanción de la presente Ley, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la misma. En virtud de estas facultades el Gobierno Nacional efectuará las operaciones presupuestales correspondientes, obtendrá empréstitos, si fuere necesario, y celebrará los contratos a que haya lugar.
ARTÍCULO 7o. Esta Ley rige a partir de su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a los dieciséis días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y ocho.
El Presidente del honorable Senado,
GUILLERMO PLAZAS ALCID
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
JORGE MARIO EASTMAN
El Secretario General del honorable Senado,
AMAURY GUERRERO.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
JAIRO MORERA LIZCANO.
República de Colombia - Gobierno Nacional. Medellín, 25 de noviembre de 1978.
Publíquese y ejecútese.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
JAIME GARCÍA PARRA.
El Ministro de Desarrollo Económico, encargado,
CÉSAR GAVIRIA.
El Ministro de Obras Públicas,
ENRIQUE VARGAS RAMÍREZ.