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DECRETO 2113 DE 2019

(noviembre 25)

Diario Oficial No. 51.148 de 25 de noviembre 2019

MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO

Por el cual se incorpora al Reglamento Colombiano de Construcción Sismorresistente NSR-10 el documento AIS-610-EP-2017 - Evaluación e Intervención de Edificaciones Patrimoniales de uno y dos pisos de Adobe y Tapia Pisada, y se dictan otras Disposiciones.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 400 de 1997 y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, faculta al Presidente de la República a ejercer la potestad reglamentaria, mediante la expedición de los decretos, resoluciones y órdenes necesarios para la cumplida ejecución de las leyes.

Que el artículo 4o de la Ley 397 de 1997, modificado por el artículo 1o de la Ley 1185 de 2008, define el Patrimonio Cultural de la Nación como el constituido por todos los bienes y valores culturales que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la tradición, las costumbres y los hábitos, así como el conjunto de bienes inmateriales y materiales, muebles e inmuebles, que poseen un especial interés histórico, artístico, estético, plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, ambiental, ecológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, científico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico, antropológico y las manifestaciones, los productos y las representaciones de la cultura popular.

Que el artículo 5o de la Ley 397 de 1997, modificado por el artículo 2o de la Ley 1185 de 2008, establece que la política estatal en lo referente al patrimonio cultural de la Nación, tendrá como objetivo principal, la protección, conservación, rehabilitación y divulgación de dicho patrimonio, con el fin de servir como testimonio de la identidad cultural nacional, tanto en el presente como en el futuro.

Que el artículo 1o de la Ley 1185 de 2008, prevé que los bienes del patrimonio cultural de la Nación, así como los bienes de interés cultural pueden pertenecer, según el caso, a la nación, a entidades públicas de cualquier orden o a personas naturales o jurídicas de derecho privado.

Que en los procesos relacionados con la formulación y evaluación de los proyectos de intervención, particularmente los relacionados con el reforzamiento estructural de Bienes de Interés Cultural, en su mayoría erigidos en sistemas constructivos tradicionales, como piedra, tapia pisada, adobe, bahareque, entre otros, se han detectado vacíos normativos que limitan las propuestas de reforzamiento estructural para inmuebles que hacen parte del patrimonio cultural, permitiendo la implantación de estructuras constituidas por sistemas industrializados que en muchos casos, son incompatibles con el comportamiento estructural de los bienes de interés cultural y con los principios y criterios de conservación previstos en la Ley 397 de 1997 para la salvaguardia y protección de sus valores históricos, estéticos y simbólicos.

Que en este sentido se evidenció la necesidad de realizar una investigación técnica que estudiara las condiciones estructurales de los sistemas constructivos tradicionales, con el fin de generar para los bienes de interés cultural, opciones de reforzamiento estructural efectivas, coherentes y compatibles con su materialidad y sus condiciones constructivas, que dieran como resultado un documento técnico soportado en estudios internacionales para vincular y complementar el marco normativo vigente, representado por el Reglamento Colombiano de Construcciones Sismorresistentes NSR-10, fomentando la conservación del patrimonio cultural construido y a su vez, la protección y continuidad de los saberes y prácticas constructivas que componen el patrimonio cultural inmaterial y hacen parte de las memorias de nuestros pueblos.

Que se han tenido significativos avances del trabajo conjunto entre el Ministerio de Cultura, el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural (IDPC), y la Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica (AIS), con el fin de aunar esfuerzos institucionales, logísticos y técnicos para la realización de investigaciones y estudios sobre el comportamiento estructural de los sistemas constructivos tradicionales de los bienes de interés cultural, lo cual tuvo como resultado el documento denominado “AIS-610-EP-2017 - Evaluación e Intervención de Edificaciones Patrimoniales de uno y dos pisos de Adobe y Tapia Pisada”, aprobado por el Consejo Nacional de Patrimonio Cultural y la Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismorresistentes.

Que en mérito de lo anterior,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. MODIFICACIÓN. Modifíquese el Reglamento Colombiano de Construcciones Sismorresistentes NSR-10, en las secciones, ordinales, numerales, literales, párrafos, notas y demás aspectos técnicos, según documento anexo, que hace parte del presente decreto.

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D. C., a 25 de noviembre de 2019.

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio,

JONATHAN TYBALT MALAGÓN GONZÁLEZ.

La Ministra de Cultura,

CARMEN INÉS VÁSQUEZ CAMACHO.

<ANEXO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN DIARIO OFICIAL No. 51.148 de 25 de noviembre de 2019, PUBLICADO EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

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