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DECRETO 1722 DE 1977

(julio 25)

Diario Oficial No. 34.849 de 19 de agosto de 1977

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

Por el cual se declaran Monumentos Nacionales el Edificio Otero y el Palacio Nacional, localizados sobre la Plaza de Caicedo de la ciudad de Cali (Valle).

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las que le confiere el artículo 6o de la Ley 163 de 1959, y

CONSIDERANDO

Que el Consejo de Monumentos Nacionales, de conformidad con lo previsto en el artículo 6o de la Ley 163 de 1959, por medio de la Resolución número 000003 de 1977,

ha propuesto se declaren Monumentos Nacionales, los siguientes: El Edificio Otero y el Palacio Nacional, localizados sobre la Plaza de Cayzedo, en la calle 12 entre carreras 4a y 5a de la ciudad de Cali. (Valle),

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Decláranse Monumentos Nacionales, los siguientes:

El Edificio Otero y el Palacio Nacional, localizados sobre la Plaza de Cayzedo, en la calle 12 entre carreras 4a y 5a de la ciudad de Cali (Valle).

ARTÍCULO 2o. Los inmuebles antes mencionados, sólo podrán ser reparados, remodelados, reconstruidos o modificados total o parcialmente, previa la autorización del Consejo de Monumentos Nacionales.

ARTÍCULO 3o. Recomendar a las autoridades municipales, tomar las medidas necesarias para preservar y fortalecer el marco arquitectónico de la Plaza de Cayzedo, previniéndola de cualquier deterioro.

ARTÍCULO 4o. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 25 de julio de 1977.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Educación Nacional,

Rafael Rivas Posada.

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