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DECRETO NUMERO 124 DE 2001

(enero 19)

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXVI. N. 44302. 24, ENERO, 2001. PAG. 22

por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Cultura

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Cultura presentó los estudios de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto técnico favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública mediante Oficio 000244 de fecha 15 de enero de 2001;

Que la Dirección General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable de viabilidad presupuestal mediante Oficio 126 de fecha 18 de enero de 2001,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Suprímense de la planta de personal del Ministerio de Cultura, los siguientes cargos:

DESPACHO DEL MINISTRO

Número de cargosDenominación del empleoCódigoGrado
1 (Uno)Asesor102015
5 (Cinco)Asesor102014
2 (Dos)Asesor102010
1 (Uno)Asesor102007
1 (Uno)Asesor102006
1 (Uno)Auxiliar Administrativo512017
1 (Uno)Conductor Mecánico531017
 DESPACHO DEL VICEMINISTRO  
1 (Uno)Asesor102012
2 (Dos)Asesor102010
1 (Uno)Asesor102008
2 (Dos)Asesor102007
1 (Uno)Asesor102003
1 (Uno)Asesor102002
1 (Uno)Auxiliar Administrativo512022
1 (Uno)Auxiliar Administrativo512016
1 (Uno)Secretario Ejecutivo del Despacho de Viceministro524025
 PLANTA GLOBAL  
2 (Dos)Asesor102012
6 (Seis)Asesor102010
6 (Seis)Asesor102008
1 (Uno)Asesor102007
5 (Cinco)Asesor102006
1 (Uno)Director Cultural209024
1 (Uno)Director de Coro209023
2 (Dos)Director Cultural209020
4 (Cuatro)Profesional Especializado301020
8 (Ocho)Profesional Especializado301019
8 (Ocho)Profesional Especializado301018
3 (Tres)Profesional Especializado301017
4 (Cuatro)Profesional Especializado301016
5 (CincoProfesional Especializado301015
1 (Uno)Profesional Universitario302014
11 (Once)Profesional Universitario302013
1 (Uno)Profesional Universitario302010
1 (Uno)Formador Artístico302215
2 (Dos)Técnico Operativo408017
2 (Dos)Técnico Operativo408016
4 (Cuatro)Técnico Operativo408014
2 (Dos)Técnico Operativo408013
3 (Tres)Asistente Administrativo414016
2 (Dos)Asistente Administrativo414014
1 (Uno)Auxiliar de Escena420509
1 (Uno)Secretario Ejecutivo504024
1 (Uno)Secretario Ejecutivo504023
1 (Uno)Secretario Ejecutivo504022
3 (Tres)Secretario Ejecutivo504018
7 (Siete)Secretario Ejecutivo504016
1 (Uno)Auxiliar Administrativo512018
4 (Cuatro)Auxiliar Administrativo512016
1 (Uno)Auxiliar Administrativo512014
1 (Uno)Auxiliar Administrativo512007
1 (Uno)Operario Calificado530011
1 (Uno)Operario Calificado530009
2 (Dos)Conductor Mecánico531015

ARTÍCULO 2o. Las funciones propias del Ministerio de Cultura, serán cumplidas por la planta de personal que se establece continuación:

DESPACHO DEL MINISTRO

Número de cargosDenominación del empleoCódigoGrado
1 (Uno)Ministro0005
1 (Uno)Asesor102015
1 (Uno)Asesor102013
2 (Dos)Asesor102012
1 (Uno)Profesional Especializado301022
1 (Uno)Secretario Ejecutivo del Despacho del Ministro523026
1 (Uno)Secretario Ejecutivo504022
1 (Uno)Secretario Ejecutivo504018
1 (Uno)Auxiliar Administrativo512022
2 (Dos)Conductor Mecánico531019
 DESPACHO DEL VICEMINISTRO  
Número de cargosDenominación del empleoCódigoGrado
1 (Uno)Viceministro0020
1 (Uno)Asesor102014
3 (Tres)Asesor102013
1 (Uno)Asesor102006
5 (Cinco)Profesional Especializado301022
1 (Uno)Profesional Especializado301017
1 (Uno)Profesional Especializado301015
1 (Uno)Técnico Operativo408014
1 (Uno)Secretario Ejecutivo504023
2 (Dos)Secretario Ejecutivo504018
1 (Uno)Auxiliar Administrativo512018
1 (Uno)Conductor Mecánico531017
 PLANTA GLOBAL  
Número de cargosDenominación del empleoCódigoGrado
2 (Dos)Director de Unidad Administrativa Especial001520
1 (Uno)Secretario General de Ministerio003522
6 (Seis)Director Técnico010020
1 (Uno)Jefe de Oficina013720
3 (Tres)Asesor102013
3 (Tres)Asesor102012
2 (Dos)Asesor102011
4 (Cuatro)Asesor102010
25 (Veinticinco)Asesor102008
3 (Tres)Asesor102007
14 (Catorce)Asesor102006
1 (Uno)Jefe de Oficina Asesora Jurídica104515
1 (Uno)Jefe de Oficina Asesora de Planeación104515
1 (Uno)Director de Teatro209025
1 (Uno)Director de Teatro209024
4 (Cuatro)Director de Museo209020
12 (Doce)Profesional Especializado301022
17 (Diecisiete)Profesional Especializado301021
8 (Ocho)Profesional Especializado301020
5 (Cinco)Profesional Especializado301019
16 (Dieciséis)Profesional Especializado301018
4 (Cuatro)Profesional Especializado301017
3 (Tres)Profesional Especializado301016
2 (Dos)Profesional Especializado301015
16 (Dieciséis)Profesional Universitario302013
3 (Tres)Profesional Universitario302010
1 (Uno)Museólogo302118
1 (Uno)Restaurador302113
2 (Dos)Restaurador302110
3 (Tres)Formador Artístico302215
3 (Tres)Analista de Sistemas400517
2 (Dos)Técnico Operativo408018
8 (Ocho)Técnico Operativo408017
9 (Nueve)Técnico Operativo408016
7 (Siete)Técnico Operativo408014
4 (Cuatro)Técnico Operativo408012
1 (Uno)Técnico Operativo408010
1 (Uno)Técnico Operativo408009
3 (Tres)Asistente Administrativo414017
2 (Dos)Asistente Administrativo414016
1 (Uno)Asistente Administrativo414015
1 (Uno)Asistente Administrativo414014
2 (Dos)Asistente Administrativo414012
1 (Uno)Auxiliar de Escena420513
8 (Ocho)Auxiliar de Escena420509
6 (Seis)Secretario Ejecutivo504022
8 (Ocho)Secretario Ejecutivo504018
28 (Veintiocho)Secretario Ejecutivo504016
1 (Uno)Auxiliar Administrativo512022
10 (Diez)Auxiliar Administrativo512018
2 (Dos)Auxiliar Administrativo512017
15 (Quince)Auxiliar Administrativo512016
7 (Siete)Auxiliar Administrativo512015
6 (Seis)Auxiliar Administrativo512014
3 (Tres)Operario Calificado530013
1 (Uno)Conductor Mecánico531017
9 (Nueve)Conductor Mecánico531015
4 (Cuatro)Conductor Mecánico531013

ARTÍCULO 3o. El Ministro de Cultura, distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura interna, los planes, y programas trazados por la entidad.

ARTÍCULO 4o. La incorporación de los funcionarios a la nueva planta de personal que se adopta por la presente norma, se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1173 de 1999 y demás normas vigentes sobre la materia.

ARTÍCULO 5o. Los empleados de carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo como consecuencia de lo dispuesto en el presente decreto, podrán optar por la indemnización o la incorporación en cargos de carrera equivalentes, conforme a lo consagrado en el artículo 39 de la Ley 443 de 1998 y en los Decretos Reglamentarios 1572 de 1998 y 1173 de 1999, con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto-ley 1568 de 1998.

ARTÍCULO 6o. Establécese en ciento cuarenta y dos (142) el número de Trabajadores Oficiales de Ministerio de Cultura.

ARTÍCULO 7o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 087 de 2000 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 19 de enero de 2001.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Manuel Santos.

El Ministro de Cultura,

Consuelo Araujonoguera.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Mauricio Zuluaga Ruiz.

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