CIRCULAR EXTERNA 20201300000265 DE 2020
(junio 2)
Diario Oficial No. 51.334 de 3 de junio de 2020
SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA
PARA: | ESCUELAS DE CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO EN VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA |
DE: | ORLANDO A. CLAVIJO CLAVIJO SUPERINTENDENTE DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA |
ASUNTO: | AMPLIACIÓN DEL TÉRMINO DE LAS MEDIDAS ADOPTADAS EN LA CIRCULAR NÚMERO 20201000000085 DE 19 DE MARZO DE 2020, RELACIONADAS CON LOS CURSOS DE CAPACITACIÓN VIRTUAL PARA EL PERSONAL OPERATIVO DE LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA. |
FECHA: | 2 DE JUNIO DE 2020 |
Atendiendo las directrices del Gobierno nacional, en razón a la situación crítica por la que atraviesa el país en materia de salubridad pública por cuenta del Coronavirus (COVID- 19), especialmente teniendo en cuenta que el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución No 0000844 del 26 de mayo de 2020, prorrogó la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional y adoptó algunas medidas para prevenir y controlar la propagación del COVID-19 y mitigar sus efectos, a su vez el Ministerio del Interior expidió el Decreto No 749 del 28 de mayo de 2020 del Ministerio del Interior, que ordena el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00) del día 1 de junio de 2020, hasta las cero horas (00:00) del día 1 de julio de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria.
Que en la Circular Externa número 20201000000085 del 19 de marzo de 2020, la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada autorizó de manera provisional y preventiva a las Escuelas de Capacitación y Entrenamiento en Vigilancia y Seguridad Privada, la necesidad de continuar con la capacitación del personal operativo, a través de cursos de capacitación de manera virtual desde el 19 de marzo de 2020 y hasta el 31 de mayo de 2020.
Con el propósito de aunar esfuerzos de manera responsable para proteger la vida y la salud del personal operativo de los servicios de vigilancia y seguridad privada, se hace necesario continuar con la medida de autorizar la realización de la capacitación virtual al personal operativo de los servicios de vigilancia y seguridad privada.
Por lo anterior, como medida provisional y preventiva, se autoriza hasta el 1 de julio de 2020, a las escuelas de capacitación y entrenamiento en vigilancia y seguridad privada, para que continúen impartiendo de manera virtual los respectivos cursos de capacitación, garantizando la calidad académica e intensidad horaria, a través de la infraestructura informática necesaria y pertinente para el efecto, asumiendo el compromiso de realizar las prácticas de los mismos, en condiciones que garanticen la salud de los participantes, a fin de evitar concentraciones y aglomeraciones de personal, en sitios cerrados; para lo cual, dichas escuelas, deben remitir a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada informe detallado de las actividades teóricas y prácticas realizadas, con los debidos soportes, a fin de poder validar dichos cursos, para promover y facilitar los procesos de capacitación del personal operativo de los servicios de vigilancia y seguridad privada.
La presente rige a partir de su publicación
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en la ciudad de Bogotá, a 2 de junio de 2020.
El Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada,
Orlando A. Clavijo Clavijo.