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CIRCULAR EXTERNA 1 DE 2003

(septiembre 5)

<Fuente: Archivo Financiera de Desarrollo Territorial>

ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN

Para:Gobernadores, Alcaldes y Contralores Territoriales
De:Archivo General de la Nación
Asunto:Organización y conservación de los documentos de archivo

El Director del Archivo General de la Nación en cumplimiento de las facultades que le asisten de prevención establecidas en el artículo 35 de la Ley General de Archivos, Ley 594 de 2000, considera pertinente recordar a los señores Gobernadores, Alcaldes y Contralores Territoriales, así como a los Secretarios Generales de estos entes, la obligación de velar por la integridad, autenticidad, veracidad y fidelidad de la información de los documentos de archivo y de adoptar las medidas necesarias para la organización, conservación y prestación de los servicios de archivo, tanto más ante la eventualidad de aprobación del punto 9 del referendo que será sometido a consideración de los Colombianos el próximo 25 de octubre.

Para el cabal cumplimiento de la función archivística, resulta fundamental establecer un plan inmediato de trabajo que comprenda los documentos y archivos de gestión, centrales e históricos y se de aplicación a las Tablas de Retención Documental cuya elaboración y adopción es obligatoria para las entidades del Estado, así como la elaboración de los respectivos Inventarios Documentales debidamente actualizadas (Artículo 26 de la Ley 594 de 2000).

Teniendo en cuenta la especial importancia que reviste las series documentales “Historias Laborales”, “Nóminas” y “Contratos”, así como las relacionadas con las auditorias e investigaciones y de manera particular las derivadas de las actuaciones procesales verificando la existencia y preservación de los documentos contentivos y piezas probatorias que obren en las mismas, resulta fundamental priorizar la organización de esta documentación.

El Archivo General de la Nación reitera la voluntad de colaboración para el logro de los objetivos de la Ley General de Archivos, explícitos en el artículo 4 de la citada norma y apela al Artículo 51 que alude a la obligación de los organismos de control de prestar apoyo y colaboración en lo de su competencia al Archivo General de la Nación, para el cumplimiento de los preceptuado en esta Ley General.

Atentamente,

JORGE PALACIOS PRECIADO

Director

cc. Procurador General de la Nación

Contralor General de la República

Auditor General de la República

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