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RESOLUCIÓN 483 DE 2023

(octubre 18)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS SABERES

Por la cual se efectúa una delegación para la Comisión Intersectorial para la Atención Integral de la Primera Infancia.

EL MINISTRO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS SABERES

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las previstas en el artículo 209 de la Constitución Política y el articulo 9 Ley 489 de 1998,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia en su Artículo 209 sostiene que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

Que al mismo tenor, en su artículo 211 de la Carta Política establece:

"ARTICULO 211.- (...)

La delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente."

Que el Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, Concepto del 26 de marzo de 1998, Radicación: 1.089 reiterado en múltiples conceptos el Departamento Administrativo de la Función Pública (030771 de 2022, 081261 de 2022, 123301 de 2021, respecto de la delegación de funciones, sostuvo:

"La delegación - junto con la descentralización y la desconcentración - es uno de los medios establecidos en el Estado de Derecho para el adecuado ejercicio de la función administrativa, toda vez que ésta se encuentra al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en principios rectores, tales como los de eficacia, economía y celeridad, que complementan los de igualdad, moralidad, imparcialidad y publicidad.

Así la concibe la Constitución Política, la cual se refiere a las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los ministros, directores de departamentos administrativos, representantes legales de entidades descentralizadas, superintendentes, gobernadores, alcaldes y agencias del Estado que la ley determine. Precisa que la ley señalará las funciones susceptibles de delegación por parte del Presidente de la República y que ella, igualmente, "fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades” y "establecerá los recursos que se puedan interponer contra los actos de los delegatarios" (Arts. 209 y 211).

Que la Ley 1804 de 2016, estableció la política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre y se dictaron otras disposiciones al respecto.

Que el artículo 10 de la Ley en comentario establece la creación de la Comisión Intersectorial para la Atención Integral de la Primera Infancia, que tendrá como misión la coordinación, articulación y gestión intersectorial de la Política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre.

Que dicha Comisión también tiene como finalidad propender por la implementación armónica efectiva y coordinada de la Política de Primera Infancia, en el marco del Sistema Nacional de Bienestar Familia, articular mecanismos de trabajo conjunto con las diferentes entidades, agencias, organismos, sociedad civil y comisiones intersectoriales o espacios de concertación de grupos sociales o étnicos o de trabajo interinstitucional que aborden temas relacionados con la población aludida, principalmente de seguridad alimentaria y nutricional, salud sexual y salud reproductiva, y prevención de embarazo en adolescentes, entre otros.

Que artículo 1 del Decreto 0695 de 2023, indica quienes integran la Comisión Intersectorial para la Atención Integral de la Primera Infancia:

"ARTÍCULO 3o. Integración. La Comisión estará integrada por:

(...)

1. El Ministro de Cultura o su delegado, quien será un Viceministro.

(...)"

Que en virtud de dicho artículo y dada la facultad contenida en el articulo 9 de la Ley 489 de 1998, dispone que las autoridades administrativas: "podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias", se delega en el Viceministerio de los Patrimonios, las Memorias, y Gobernanza Cultural la participación del Ministro en la Comisión Intersectorial para la Atención Integral de la Primera Infancia, específicamente al Viceministro (a) (Código 0020 Grado 00 de la planta de personal del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes).

Que el artículo 4 del Decreto 0695 de 2023 señala que el Comité Técnico es la instancia encargada de adelantar las labores técnicas y preparar la información

técnica que servirá como insumo para la coordinación, articulación y gestión intersectorial de la Política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia "De Cero a Siempre". Este comité estará compuesto por:

(...)

5. Un Delegado del Ministerio de Cultura.

(...)

Que para atender el Comité Técnico de dicha Comisión, en representación del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes se delega al Director (a) de Poblaciones (Director Técnico Código 01 00 Grado 20) para que atienda las labores indicadas en el artículo indicado en el párrafo anterior.

En virtud de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Delegar en el Viceministerio de los Patrimonios, las Memorias, y Gobernanza Cultural (viceministro(a) Código 0020 Grado 00) la representación del Ministro de las Culturas las Artes y los Saberes en la Comisión Intersectorial para la Atención Integral de la Primera Infancia.

ARTÍCULO 2. Delegaren el director(a) de Poblaciones (director técnico Código 01 00 Grado 20) la representación del Ministerio de las Culturas las Artes y los Saberes en el Comité Técnico de la Comisión Intersectorial para la Atención Integral de la Primera Infancia.

ARTÍCULO 3. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D. C., a los 10 OCT 2023

JUAN DAVID CORREA ULLOA

Ministro

Ministerio de las Culturas las Artes y los Saberes

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